miércoles, 4 de diciembre de 2013

A partir del 1 de enero de 2014, el tipo de retención a aplicar en las facturas de los profesionales y en los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos se reducirá al 19%, tras la finalización de las medidas excepcionales aprobadas por el gobierno para 2012 y 2013 en el Real Decreto Ley 20/12 y que entraron en vigor el 1 de septiembre de 2012.

martes, 3 de diciembre de 2013

Los contribuyentes del IRPF ó los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del abono del premio, o no la hayan soportado por ser su cuantía inferior a 2.500 euros, no tendrán que presentar ninguna otra autoliquidación.