viernes, 31 de octubre de 2014

IVA

Hacienda lanzará un nuevo sistema de gestión de IVA con información en tiempo real El nuevo sistema, llamado ‘Suministro Inmediato de Información’ (S.I.I.) entrará en vigor el 1 de enero de 2017, por lo que existirá un margen temporal que la Agencia considera “suficiente” para introducir los cambios normativos necesarios, adaptar los sistemas informáticos y facilitar la adecuación de los contribuyentes. Sólo será obligatorio para las grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto. Este colectivo engloba a unos 62.000 contribuyentes, aunque representa el 80% de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA. El resto podrán acogerse voluntariamente. El cambio consiste en establecer la obligación de remitir el detalle de registro de las facturas que deben hacerse constar en los libros de registro Sólo tendrán que enviar la información de las facturas o tickets, no las facturas en sí. Estos envíos implicarán llevar estos libros de registro a través de la web de la Agencia, donde se irán completando con cada uno de los envíos detalle de las operaciones realizadas.

miércoles, 1 de octubre de 2014

NOVEDADES TRIBUTARIAS

NOVEDADES DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DECLARACIÓN ANUAL OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS - MOD. 347 1.- Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas 2.- Estarán obligados a presentar la declaración las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal así como determinadas entidades o establecimientos de carácter social (art. 20.Tres LIVA), por las adquisiciones en general de bienes o servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza. RESUMEN ANUAL DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS PROCEDENTES DEL ARRENDAMIENTO O SUBARRENDAMIENTO DE INMUEBLES URBANOS - MOD. 180 Habrá que incluir las referencias catastrales y a los datos necesarios para la localización de los inmuebles urbanos arrendados.

jueves, 31 de julio de 2014

Los contribuyentes que están incluidos en el régimen de notificaciones electrónicas la posibilidad que tiene de optar por 30 días naturales anuales en los que Hacienda no puede notificarles a través de la Dirección Electrónica Habilitada (buzón electrónico). Estos 30 días son de libre elección, con el único requisito de solicitarlos con una antelación mínima de 7 días naturales al primer día en que vaya a surtir efecto, sin necesidad de agrupar un mínimo de días.